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Definición de Indulgencia


La indulgencia es la benevolencia a la hora de tolerar las faltas de otros y también la facilidad para conceder las gracias. Más allá de la vinculación religiosa que ostenta el término y que luego repasaremos, la indulgencia implica una inclinación hacia el perdón.

Por otro lado, también se considera indulgencia a la remisión que realiza la iglesia católica de las penas debidas por los pecados cometidos.

Entonces, en este sentido, de acuerdo a la doctrina católica, la pena temporal del pecado podrá ser objeto de una indulgencia o de una remisión bajo determinadas condiciones y también dependiendo de la concesión que hagan determinados representantes de la Iglesia.

Cabe destacar, que a diferencia de lo que sucede con la penitencia y la reconciliación, la indulgencia no implica de ninguna manera el perdón del pecado sino que lo que ofrece en su lugar es una eximición temporal de la falta cometida, la cual puede ser terrenal o bien producirse tras la muerte en el purgatorio.
Son el Papa, los Cardenales y los Obispos, las autoridades eclesiásticas capacitadas para conceder la indulgencia a cambio del compromiso de asumir diferentes acciones o rituales por parte de los interesados.

Si bien la indulgencia no constituye uno de los siete sacramentos reconocidos por la Iglesia (bautismo, unción de los enfermos, matrimonio, orden sacerdotal, eucaristía, confirmación y penitencia), de todos modos, implica un aspecto fundamental dentro de la doctrina cristiana. Aún más, uno de los motivos que movilizó la oposición de Martín Lutero y el impulso de la Reforma Protestante ha sido justamente las desavenencias respecto del tráfico de indulgencias que existió oportunamente cuando llevó a cabo su movimiento reformador.

Aunque en la actualidad las indulgencias continúan siendo parte de la doctrina católica, vale destacar, que las mismas, como consecuencia del cambio de contexto histórico, han sufrido una perdida en cuanto a la importancia que sí revistieron en el pasado.

Por su lado, la indulgencia plenaria, es aquella que redime la totalidad de una pena.

 

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